Este es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana Así es como puedes saberlo

SNPC

Preguntas Frecuentes

Sistema Nacional de Prevención de Controversias (SNPC)

El SNPC es un mecanismo diseñado para prevenir controversias internacionales en las que el país pudiera comprometer su responsabilidad y que representen pérdidas económicas significativas tanto para la República Dominicana como para el inversionista extranjero.

  • Objetivo: optimizar la respuesta y coordinación del sector público frente a las controversias internacionales, y propiciar una oportuna y apropiada alerta y atención.
  • Funciones: asistencia a inversionistas extranjeros y a entidades del sector público en el manejo y atención de cuestiones graves derivadas de conducta gubernamental, con el fin de solucionar de manera amistosa un potencial caso.

Criterios de acceso al SNPC

  • Tendrán acceso al SNPC los inversionistas extranjeros cuyo país haya suscrito un acuerdo internacional de comercio o inversión con la República Dominicana (agregar enlace de marco legal) y entidades gubernamentales, conforme instruye el Decreto núm. 303-15.  

 

  • El SNPC atenderá solicitudes sobre cuestiones graves derivadas de la actuación gubernamental que supongan un riesgo para las inversiones en el país y que representen un potencial conflicto internacional.  

 

  • Las cuestiones de aftercare deberán ser remitidas a la entidad correspondiente.  

 

  • El SNPC no está habilitado para recibir solicitudes derivadas de diferendos entre entes privados. 

 

  • Si tiene alguna duda sobre si su cuestión es susceptible o no de ser cursada por el SNPC, no dude en tramitarla. El MICM dirigirá su solicitud a la entidad gubernamental correspondiente, de ser necesario.   
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Preguntas Frecuentes

¿Puedo someter directamente mi caso sin pasar por la agencia gubernamental relacionada?

R: Sí, aunque se recomienda acudir primero a la agencia gubernamental con la cual se generó la situación/ cuestión.

R: No, no existe un monto mínimo de inversión para enviar una solicitud al SNPC.

R: Sí. El SNPC siempre mantendrá el uso de los Métodos Alternos de Solución de Controversias (MASC) tales como negociación, mediación, conciliación, entre otros. 

R: No. Las solicitudes formales deberán ser cursadas por las partes involucradas, es decir un inversionista, por una parte, y una agencia gubernamental, por otra parte. Para poder recabar suficiente información, es preferible que invite al inversionista afectado a realizar una solicitud formal a través de la Ventanilla del MICM. En todo caso, el representante de los intereses del inversionista podrá enviar información pertinente para activar el sistema y el MICM podrá ponderar el activar actuaciones pertinentes.

R: No, las solicitudes por ante el SNPC son gratuitas.

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